Descripción
Este trámite permite solicitar la licencia para la tenencia y manejo de animales considerados potencialmente peligrosos, ya que pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
Requisitos
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.
Plazo de presentación
Continuo
Efecto de silencio
Estimatorio
Plazo de resolución
3 meses
Documentación Obligatoria
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
Certificado de Penales
De conformidad con artículo 3 de Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, el interesado debe de justificar que no ha sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad
Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original
Normativa aplicable
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Art. 66)
- Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. (Art. 3)
- Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. (Art. 13, Art. 6, Art. 9, Arts. 2-3, Arts. 4-5, Disp.Final 1ª)
- Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. (Anexos I-II, Arts. 2-9)
- Decreto 90/2002, de 28 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Galicia y se crean los registros gallegos de Identificación de Animales de Compañía y Potencialmente Peligrosos y de Adiestradores Caninos. (Arts. 2-4)
Presentación del trámite
Puede hacerlo a través de la sede o en persona. Seleccione una de las opciones disponibles:
Por Internet
Ir a Sede Electrónica ↗
Pulse para completar y presentar la solicitud correspondiente a este procedimiento en el registro electrónico a través de esta sede.
En persona
Descargar instancia (PDF ↓)
Pulse para descargar el formulario de solicitud, que puede completar e imprimir antes de entregarlo, de forma presencial, en las oficinas del Concello.