Descripción
Este trámite permite solicitar la inscripción o baja en el Registro de Uniones o Parejas de Hecho.
Requisitos
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.
Plazo de presentación
Continuo
Efecto de silencio
Según normativa aplicable
Plazo de resolución
Según normativa aplicable
Normativa aplicable
- Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia. (Norma completa)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (Arts. 9 y 66)
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. (Norma completa)
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. (Arts. 204-205)
- Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia. (Norma completa)
Presentación del trámite
Puede hacerlo a través de la sede o en persona. Seleccione una de las opciones disponibles:
Por Internet
Ir a Sede Electrónica ↗
Pulse para completar y presentar la solicitud correspondiente a este procedimiento en el registro electrónico a través de esta sede.
En persona
Descargar instancia (PDF ↓)
Pulse para descargar el formulario de solicitud, que puede completar e imprimir antes de entregarlo, de forma presencial, en las oficinas del Concello.