Licencia de Vehículos Especiales

Descripción

Este trámite permite solicitar la licencia para vehículos especiales. Los vehículos «especiales o de abono» son aquellos que prestan servicios dentro y fuera de los núcleos urbanizados, diferentes a los de las clases «auto-taxis» y «auto-turismos», ya sea por su mayor potencia, capacidad, lujo, dedicación, finalidad, etc., ya porque los conductores tienen conocimientos acreditados superiores a los obligados e inherentes a los de su profesión y apropiados a la especialidad que les caracteriza (turística, representativa, etc.).

Requisitos

De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.

Plazo de presentación

Continuo

Efecto de silencio

Según normativa aplicable

Plazo de resolución

Según normativa aplicable