Descripción
Este trámite permite realizar solicitudes relativas a la consulta del archivo. El archivo es el servicio encargado de la gestión y tratamiento de la documentación, su custodia y divulgación, haciéndola accesible tanto a los servicios propios de la entidad, así como a los ciudadanos.
Requisitos
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.
Plazo de presentación
Continuo
Efecto de silencio
Desestimatorio
Plazo de resolución
3 meses
Normativa aplicable
- La Constitución Española de 1978 (Art. 105.b)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Norma Completa)
- Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública. (Norma completa)
- Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español. (Art. 57)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas. (Art. 13.d)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Art. 66)
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. (Art. 16, Art. 70.3)
- Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (Art. 207, Art. 230)
Presentación del trámite
Puede hacerlo a través de la sede o en persona. Seleccione una de las opciones disponibles:
Por Internet
Ir a Sede Electrónica ↗
Pulse para completar y presentar la solicitud correspondiente a este procedimiento en el registro electrónico a través de esta sede.
En persona
Descargar instancia (PDF ↓)
Pulse para descargar el formulario de solicitud, que puede completar e imprimir antes de entregarlo, de forma presencial, en las oficinas del Concello.